• Después de los incendios forestales de los últimos días, han sido quemadas más de 50.000 hectáreas.
  • Solo en 2022, la cifra total asciende a 122.000 hectáreas, tal y como estima el Gobierno.

La situación es de alerta en todo el territorio español, en gran parte por las temperaturas que se prevén alcanzar. Sin embargo, ¿quién se responsabiliza de los daños generados por dichos incendios forestales?

En primer lugar, cabe destacar que la respuesta varía en función de los diferentes escenarios. Es decir, si el fuego ha sido provocado de manera intencionada, si es fruto de una negligencia o si el incendio ha sido provocado con el objetivo de obtener un beneficio económico.

Incendios intencionados

En el caso de los incendios intencionados, siempre que se consiga identificar y detener al presunto responsable, los afectados podrán exigirle una compensación por los daños sufridos. Si el culpable fuese menor de edad, la obligación de responder antes los daños causados le correspondería a sus padres o a su tutor legal. La posibilidad de exigir una indemnización puede darse en las situaciones en las que el incendio ha sido provocado de forma intencionada o por una negligencia, como puede ser una colilla mal apagada.

Según el diario de La Vanguardia, tanto el incendio de Tenerife, que se originó el jueves pasado, como dos de los tres que afectan a la comunidad de Castilla y León, habrían sido intencionados.

El incendio forestal en el norte de Tenerife, que probablemente fue intencionado, se encuentra en una fase de estabilización, según anunció ayer el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, tras la reunión técnica de coordinación de los medios de extinción. Las hectáreas afectadas rondan las 2.700 y el perímetro del incendio, los 27 kilómetros.

Asimismo, los tres grandes incendios que se han producido este fin de semana en Castilla y León, aún activos, en Burgos, Zamora y Ávila, están ya sin llama, con los de las dos últimas provincias con indicios de que fueron intencionados y en el caso de la burgalesa por uso de maquinaria en horario en el que estaba prohibido, según explicó el consejero de Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones.

Al margen de afrontar una responsabilidad económica, el presunto culpable podría enfrentarse a una pena de años de cárcel. Aquí, las penas son de hasta uno y cinco años de prisión. Además, la cifra dependerá de los daños provocados y la gravedad de la situación. Para ser exactos, si las llamas se encuentran próximas a núcleos de población, destruyen espacios naturales protegidos o zonas naturales esenciales de vida animal o vegetal, la sanción será mayor.

Asimismo, el Código Penal prevé penas de hasta 6 años para aquellos que provoquen un incendio con la intención de obtener un beneficio económico.

Sin embargo, si las llamas ponen en peligro la vida o la integridad física de alguna persona, la prisión puede llegar a los veinte años.

¿Qué ocurre cuando el incendio es accidental?

Reclamar una indemnización por un fuego provocado accidentalmente conlleva algunos matices y es más complicado. Si se determina que este ha sido provocado de manera fortuita, «o cuando, a pesar de haberse observado el deber de cuidado, se ha producido el incendio», como así lo define el Ministerio de Transición Ecológica, habría que analizar si el perjudicado cuenta con una póliza que cubra los daños provocados.

De ser así, será la aseguradora quien se haga cargo. En caso contrario, el afectado no podrá reclamar ninguna indemnización. Puede darse la excepción de que el Gobierno acuerde por ley algún tipo de ayuda.

Fuegos provocados por causas naturales

Ahora bien, si el incendio ocurre por causas naturales, los afectados no podrán reclamar los daños ante ningún individuo ni organismo. Ni siquiera ante el Consorcio de Compensación de Seguros.

Así lo señala el Reglamento de Riesgos Extraordinarios aprobado en 2004. Este indica que solo quedan cubiertos los supuestos de riesgo extraordinario o catastrófico como como terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas y las caídas de cuerpos siderales y aerolitos.

No obstante, si el afectado tiene suscrita una póliza que cubra los daños provocados por los incendios, se recomienda dirigir la reclamación al mismo seguro (sea el incendio provocado o no). Por otro lado, el Consorcio sí cubriría los daños que puedan sufrir los bomberos o de cualquier persona al intentar apagar el fuego.

Fuentes:

La Vanguardia (2022)

El Confidencial (2022)

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